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Senadores del PRI proponen eliminar el derecho a pensión y salud a los trabajadores mexicanos

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El pasado 7 de diciembre, los senadores priistas, Tereso Medina Ramírez, quien es miembro de la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) desde 1980 y quien ha ocupado varios puestos dentro de esa organización, e Isaías González Cuevas, integrante y ex funcionario de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) y quien sólo tiene estudios de secundaria, presentaron al Senado de la República la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo. Ahí proponen quitarle todos los candados a la subcontratación; es decir, abre la puerta de par en par al outsourcing o subcontratación, con el mínimo de prestación laboral.


Se trata de cambios al Artículo 15 A de la actual Ley y es, por completo, una iniciativa priista. De aprobarse tal cual fue presentada, dejaría como única obligación de una empresa con sus trabajadores, registrarlo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y darle constancia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

La propuesta se presentó el pasado 7 de diciembre, cuando en el Senado la atención estaba puesta en la aprobación de la Ley de Seguridad Interior. La Ley forma parte de las leyes secundarias que están contempladas en materia y que deben emitirse antes de febrero de 2018.

De acuerdo con expertos en materia laboral si la Ley pasa como está podría tener efectos en términos de desigualdad y bienestar en los mexicanos, ya que si el Gobierno federal busca avanzar hacia la flexibilización laboral, debería proponer a la par políticas para dar a los trabajadores contratados por outsourcing, acceso a la salud, una pensión, seguro de desempleo, indemnización, etcétera. O sea, todas las prestaciones.

Además, en el terreno de las cifras y la experiencia, resulta evidente que esta política laboral no ha dado los frutos esperados en bienestar ni en generación de empleos de calidad.


Actualmente, la Ley establece ciertos topes a la contratación vía outsourcing. Por ejemplo, está prohibido que todo el personal de una empresa completa esté contratado bajo ese esquema, no se puede contratar de esa manera a alguien que realice el mismo trabajo que alguien contratado directamente, no se permite si la empresa se deslinda de sus obligaciones patronales o si busca transferir a sus trabajadores para tener menores derechos laborales.
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Con información de SinEmbargo
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